Acceso a la justicia: la otra reforma que avanza sin debate

Mientras la atención pública se concentra en la economía, el Gobierno impulsa cambios que alteran la relación entre los ciudadanos y el sistema judicial. El fin de criterios de paridad y diversidad, la reducción de instancias de participación en la designación de jueces y el repliegue de organismos y programas específicos configuran un nuevo paradigma cuyo impacto excede los tribunales.

Las transformaciones impulsadas por el gobierno de Javier Milei en materia judicial suelen analizarse de manera fragmentada. Un decreto por aquí, una reestructuración administrativa por allá, un cierre de programas en otro ámbito. Sin embargo, observadas en conjunto, permiten identificar una orientación política definida: la reducción de los mecanismos estatales destinados a compensar desigualdades en el acceso a derechos y la eliminación de criterios de diversidad y representación en las instituciones encargadas de garantizarlos.

La discusión excede el plano técnico. Lo que está en debate es la concepción misma de acceso a la justicia.

Durante las últimas décadas, distintas administraciones impulsaron políticas destinadas a acercar el sistema judicial a sectores históricamente relegados. La idea era sencilla: reconocer que la igualdad formal ante la ley no siempre se traduce en igualdad real para ejercer derechos. Las barreras económicas, territoriales, sociales y culturales exigían herramientas específicas de intervención estatal.

La actual gestión eligió un camino diferente.

Uno de los primeros signos fue la eliminación de las resoluciones de la Inspección General de Justicia que establecían criterios de paridad de género en órganos de administración y fiscalización de determinadas asociaciones civiles y sociedades. La medida fue presentada como una corrección frente a regulaciones consideradas excesivas. En los hechos, significó abandonar una política que buscaba incrementar la participación de las mujeres en espacios de decisión tradicionalmente dominados por varones.

La decisión se inscribió dentro de una estrategia más amplia que incluyó el cierre o desarticulación de organismos y programas vinculados a políticas de género y diversidad. Desde la perspectiva oficial, se trató de estructuras ideologizadas que debían ser eliminadas para reducir el gasto público. Para sus críticos, implicó el retiro del Estado de ámbitos donde persistían desigualdades estructurales y situaciones de vulnerabilidad específicas.

Otro de los cambios relevantes se produjo en la red de Centros de Acceso a la Justicia. Estos espacios habían sido concebidos para brindar orientación jurídica gratuita, mediación comunitaria y acompañamiento a personas con dificultades para acceder al sistema judicial. Su presencia territorial permitía acercar servicios estatales a barrios populares, localidades alejadas de los grandes centros urbanos y sectores con escasos recursos económicos.

La reestructuración impulsada por el Ministerio de Justicia incluyó el cierre de numerosas sedes y una redefinición de sus funciones. El argumento oficial fue la necesidad de ordenar recursos y eliminar gastos innecesarios. La consecuencia práctica, advierten especialistas y organizaciones sociales, puede traducirse en una menor presencia estatal justamente en aquellos territorios donde las barreras para reclamar derechos son más elevadas.

El cierre del INADI se inscribe en la misma lógica. Durante años, el organismo funcionó como una instancia institucional para la recepción de denuncias y el acompañamiento de personas afectadas por actos discriminatorios. Su eliminación fue justificada por el Gobierno como parte de un proceso de simplificación administrativa. Sus detractores observan que desaparece una herramienta específica para la protección de colectivos históricamente afectados por prácticas de exclusión.

La novedad más reciente profundiza esa dirección. Mediante el decreto 467/2026, el Gobierno modificó el procedimiento de selección de candidatos para la Corte Suprema de Justicia, la Procuración General de la Nación y la Defensoría General de la Nación.

La reforma elimina criterios que desde 2003 debían ser considerados durante la evaluación de postulantes, entre ellos la diversidad de género y la representación de las distintas regiones del país en la integración del máximo tribunal. A partir de ahora, el énfasis queda concentrado en los antecedentes profesionales y la idoneidad técnica de los candidatos.

La decisión posee una fuerte carga simbólica e institucional. No se trata únicamente de quiénes ocuparán los cargos más importantes del sistema judicial, sino también de cuáles son los valores que orientan el proceso de selección. Durante más de dos décadas, la normativa vigente procuró equilibrar excelencia profesional con pluralidad en la composición de los órganos judiciales. El nuevo esquema abandona explícitamente ese objetivo.

La reforma también reduce plazos y simplifica mecanismos de participación ciudadana para la presentación de observaciones e impugnaciones respecto de los candidatos propuestos por el Poder Ejecutivo. El Gobierno sostiene que busca evitar procedimientos excesivamente largos y burocráticos. Las críticas apuntan a una disminución de las instancias de control social sobre nombramientos que pueden influir durante décadas en la interpretación de la Constitución y de los derechos fundamentales.

Miradas aisladamente, cada una de estas medidas puede ser defendida como una decisión administrativa, presupuestaria o regulatoria. Analizadas en conjunto, dibujan un patrón más profundo. La administración nacional parece haber reemplazado una concepción de acceso a la justicia basada en la corrección de desigualdades por otra centrada exclusivamente en la igualdad formal ante la ley.

La diferencia no es menor.

En el primer modelo, el Estado asume que existen sectores que requieren herramientas específicas para ejercer efectivamente sus derechos. En el segundo, la intervención pública se reduce al mínimo bajo la premisa de que todos los ciudadanos deben ser tratados exactamente del mismo modo.

La pregunta que emerge es inevitable. Si desaparecen los mecanismos destinados a compensar desigualdades previas, si se reducen los espacios de participación ciudadana y si se eliminan criterios de representación en las instituciones judiciales, ¿el acceso a la justicia se vuelve más igualitario o simplemente más uniforme?

La respuesta a ese interrogante definirá buena parte del debate institucional argentino en los próximos años.

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