Julieta Riera y Micaela García: dos femicidios, años de espera y una Justicia que sigue en deuda

Por Sandra Miguez

Julieta Riera fue asesinada en Paraná en 2020. El juicio que condenó a Julián Christe a prisión perpetua fue anulado y la causa continúa pendiente de una definición definitiva. A más de nueve años del femicidio de Micaela García, Néstor Pavón será juzgado desde el 29 de octubre de 2026 como presunto coautor del crimen, después de haber sido condenado inicialmente por encubrimiento. Dos casos distintos que exponen una misma discusión: las responsabilidades del Poder Judicial, las consecuencias de sus decisiones y el tiempo que las familias deben esperar para obtener respuestas.

Hay una forma de violencia que continúa después del femicidio. Se expresa en los expedientes que no terminan, en las resoluciones que se revierten, en las hipótesis que tardan años en llegar a juicio y en las familias que deben volver una y otra vez sobre el crimen para reclamar que la Justicia cumpla con su función.

En Entre Ríos, las historias de María Julieta Riera y Micaela García permiten examinar esa dimensión institucional de la violencia de género. Ambas fueron asesinadas por hombres. Sus casos movilizaron a la sociedad, produjeron investigaciones judiciales y llegaron a instancias de juzgamiento. Sin embargo, los recorridos posteriores dejaron al descubierto problemas que exceden las circunstancias de cada crimen: las desigualdades de poder, las decisiones judiciales controvertidas, las responsabilidades que todavía deben esclarecerse y los años que transcurren mientras las familias esperan una respuesta definitiva.

Julieta tenía 24 años. Micaela, 21. Ninguna puede recuperar su vida. La obligación del Estado es investigar con rigor, juzgar con garantías, determinar las responsabilidades penales y evitar que las deficiencias de las instituciones se conviertan en una nueva carga para quienes reclaman justicia.

Julieta Riera: una condena que todavía espera una definición

La madrugada del 30 de abril de 2020, María Julieta Riera murió al caer desde el octavo piso de un edificio del centro de Paraná. Su pareja, Jorge Julián Christe, sostuvo que se había tratado de un accidente. La investigación fiscal reconstruyó una secuencia de violencia física que culminó con la caída de la joven desde el balcón.

En abril de 2021, un jurado popular declaró culpable por unanimidad a Christe por homicidio agravado por el vínculo, alevosía y violencia de género. El juez técnico le impuso prisión perpetua. La decisión constituyó un reconocimiento judicial de la responsabilidad penal del acusado en el femicidio.

Pero la condena no cerró el caso.

En junio de 2023, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos hizo lugar, por mayoría, a un planteo extraordinario de la defensa, anuló el juicio por jurados y ordenó realizar otro debate. Entre los cuestionamientos se encontraban objeciones al ejercicio del derecho de defensa y a la incorporación y el control de determinadas pruebas durante el proceso.

La resolución abrió una nueva etapa judicial. Los planteos posteriores mantuvieron la controversia abierta y la causa quedó pendiente de una definición de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En abril de 2026 se cumplieron seis años del femicidio. La familia continúa esperando una respuesta definitiva sobre el proceso que determinó la culpabilidad de Christe en primera instancia.

El tiempo transcurrido obliga a preguntar por las consecuencias de las decisiones judiciales que extendieron el recorrido de la causa. La anulación de un juicio puede ser una herramienta legítima cuando se identifican vulneraciones de garantías procesales. Pero también corresponde examinar qué efectos produce esa decisión, cuánto demora la resolución de los recursos y cómo se protege el derecho de las víctimas a obtener una respuesta judicial en un plazo razonable.

El apellido, los privilegios y la igualdad ante la ley

Desde el comienzo, el caso estuvo atravesado por una cuestión que excede la discusión sobre las pruebas: Christe es hijo de una exmagistrada entrerriana.

Ese vínculo familiar no demuestra por sí mismo que una resolución judicial haya sido irregular. Sin embargo, forma parte del contexto público en el que se discutió la igualdad ante la ley, especialmente cuando el acusado obtuvo beneficios procesales que provocaron cuestionamientos sociales.

En septiembre de 2020, antes del primer juicio, Christe fue beneficiado con prisión domiciliaria luego de pagar una caución de 500.000 pesos. La medida generó rechazo entre organizaciones feministas y sociales de Paraná, que cuestionaron las condiciones en las que se había concedido el beneficio.

La discusión no consistía en negar el derecho de una persona imputada a defenderse ni en desconocer las garantías del proceso penal. La cuestión era si esas garantías y las decisiones sobre la libertad durante el proceso se aplicaban con criterios que pudieran sostenerse ante cualquier persona, independientemente de su posición económica, sus relaciones familiares o su lugar en la sociedad.

La presunción de inocencia, el derecho de defensa y el control de las decisiones judiciales son pilares de un Estado de derecho. También lo son la igualdad ante la ley, la obligación de investigar la violencia de género y el derecho de las víctimas a una resolución oportuna.

La perspectiva de género exige analizar las relaciones de poder y las condiciones en las que se producen las violencias. No habilita a prescindir de las garantías procesales, pero tampoco permite ignorar los efectos concretos de las decisiones judiciales sobre quienes reclaman justicia.

En el caso de Julieta, el resultado es una condena a prisión perpetua dictada por un jurado popular que todavía no tiene firmeza. La familia continúa esperando que se resuelva cómo seguirá el proceso y si deberá atravesar otro juicio.

Seis años después del femicidio, esa incertidumbre también forma parte de la historia judicial.

Micaela García: nueve años para volver a discutir una responsabilidad penal

El femicidio de Micaela García ocurrió el 1 de abril de 2017 en Gualeguay. La joven, estudiante universitaria y militante social, había salido a bailar y nunca regresó a su casa. Su cuerpo fue encontrado una semana después, en una zona rural.

Sebastián Wagner fue condenado a prisión perpetua por el secuestro, el abuso sexual y el asesinato de Micaela. Sin embargo, desde el primer juicio, su familia sostuvo que no había actuado solo y que Néstor Pavón, su empleador, debía ser investigado y juzgado por una participación directa en el crimen.

En 2017, Pavón recibió una condena de cinco años de prisión por encubrimiento. La familia cuestionó esa calificación penal y reclamó que se examinara su posible responsabilidad como coautor.

La controversia no se limitaba a la pena impuesta. Se discutía si la Justicia había investigado y juzgado adecuadamente la posible intervención de una segunda persona en el secuestro, el abuso y el asesinato de la joven.

Después de una sucesión de decisiones judiciales, recursos y revisiones, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la resolución que ordenó realizar un nuevo juicio oral.

El debate comenzará el 29 de octubre de 2026 en Gualeguay y se extenderá durante ocho jornadas, hasta noviembre. Pavón será juzgado como presunto coautor del secuestro, abuso sexual y femicidio de Micaela.

La precisión es importante: Pavón fue condenado en el primer juicio por encubrimiento. La acusación de coautoría deberá examinarse en el nuevo debate y su responsabilidad tendrá que establecerse a partir de las pruebas que se produzcan y valoren en esa instancia.

Han pasado más de nueve años desde el crimen.

Cuando la familia tiene que sostener el reclamo durante años

En una entrevista publicada en Y de repente la noche, Néstor «Yuyo» García, padre de Micaela, reconstruyó el recorrido judicial que permitió llegar a esta nueva instancia. También expuso las dificultades que atravesó la familia para sostener sus planteos y cuestionó las decisiones que impidieron que el segundo juicio se realizara antes.

García ha insistido en que, desde el comienzo, la familia consideró que hubo dos personas involucradas. Entre los elementos que mencionó figuran testimonios sobre la presencia de dos hombres, las circunstancias vinculadas con el vehículo relacionado con el crimen y el hecho de que Pavón fuera el empleador de Wagner.

Esos elementos deberán ser evaluados en el juicio. La posición de la familia y los argumentos de la acusación no sustituyen la obligación del tribunal de valorar las pruebas y determinar la responsabilidad penal conforme a derecho.

Pero existe una pregunta institucional que ya puede formularse: ¿por qué fueron necesarios tantos años para que esa hipótesis tuviera una nueva oportunidad de ser examinada en un juicio oral?

La revisión de una sentencia puede ser legítima y necesaria. Los tribunales tienen la obligación de corregir errores, controlar las pruebas y asegurar el cumplimiento de las garantías. Lo que debe discutirse es cuándo la sucesión de decisiones contradictorias y recursos termina trasladando a las familias las consecuencias de las deficiencias del propio sistema.

En esta causa, la familia no dejó de reclamar. La persistencia de Néstor García y de quienes acompañaron el pedido de justicia fue decisiva para que el nuevo juicio llegara a concretarse. Sin embargo, el acceso a una respuesta judicial no debería depender de cuánto tiempo, dinero y energía tenga una familia para sostener un expediente.

Tampoco debería requerir una capacidad extraordinaria para recurrir a instancias superiores cuando las decisiones judiciales cierran caminos que luego deben reabrirse.

La Ley Micaela y las responsabilidades institucionales

El femicidio de Micaela tuvo una repercusión nacional que impulsó la sanción de la Ley 27.499, conocida como Ley Micaela, que estableció la capacitación obligatoria en género y violencia contra las mujeres para quienes integran los tres poderes del Estado.

Su nombre quedó asociado a una política pública destinada a modificar prácticas institucionales y mejorar la capacidad estatal para prevenir, identificar y abordar las violencias de género.

Sin embargo, una ley no garantiza por sí misma una transformación institucional. La capacitación debe traducirse en decisiones, procedimientos y responsabilidades concretas. En el ámbito judicial, eso implica investigar con perspectiva de género, valorar los contextos de violencia, respetar las garantías de todas las partes y ofrecer respuestas oportunas.

El recorrido de la causa de Micaela exhibe una contradicción difícil de ignorar: el crimen que dio nombre a una ley destinada a transformar las instituciones todavía tiene pendiente una parte central de su esclarecimiento judicial.

La familia también cuestionó las decisiones adoptadas en el proceso disciplinario contra el entonces juez Carlos Rossi, quien había dispuesto la libertad de Wagner antes del femicidio. El jury al magistrado terminó con su absolución. Ese proceso debe distinguirse de la investigación penal del asesinato, pero integra la discusión sobre los mecanismos de control y responsabilidad dentro del Poder Judicial.

Examinar esas decisiones no significa afirmar que una sola resolución explique por sí misma el femicidio. Significa reconocer que la prevención de las violencias requiere evaluar cómo actúan las instituciones, qué información tienen disponible, cómo fundamentan sus decisiones y qué mecanismos existen para revisar posibles errores.

La Ley Micaela no puede quedar reducida a una capacitación administrativa ni a una referencia simbólica. Su sentido depende de que las instituciones incorporen herramientas para revisar sus prácticas y asumir las consecuencias de sus decisiones.

Crímenes menores: una investigación sobre género y poder judicial

La discusión sobre las responsabilidades institucionales frente a la violencia de género atraviesa también el trabajo periodístico y de investigación, que publiqué en 2019 en Crímenes menores. Género y Poder Judicial, la trama de una disputa, un libro en el que intenté reconstruir el caso de Micaela García y examinar las decisiones judiciales, los mecanismos de control institucional y las disputas de poder que se pusieron en juego después del femicidio.

En esa investigación abordo, entre otros aspectos, la liberación anticipada de Sebastián Wagner por decisión del juez de Ejecución de Penas Carlos Rossi y el posterior jury al magistrado, que terminó con su absolución. El propósito fue reconstruir los hechos y examinar cómo las instituciones judiciales respondieron ante una situación de violencia de género que tuvo consecuencias irreparables.

El caso permitió discutir una cuestión que sigue vigente: qué ocurre cuando las decisiones de quienes tienen la responsabilidad de administrar justicia son cuestionadas por sus efectos y los mecanismos institucionales de revisión no ofrecen respuestas capaces de restablecer la confianza pública.

El nuevo juicio a Pavón vuelve a poner esa discusión en primer plano. La familia de Micaela sostiene desde el comienzo que hubo una segunda persona involucrada en el crimen. El tribunal deberá determinar si las pruebas permiten atribuirle a Pavón la responsabilidad penal que sostiene la acusación.

Años después, la pregunta que atravesó aquella investigación conserva su vigencia: ¿qué prácticas, criterios y relaciones de poder permiten que las advertencias, las pruebas o los reclamos de las familias no se traduzcan a tiempo en respuestas judiciales adecuadas?

Dos causas diferentes, una deuda común

Julieta Riera y Micaela García fueron víctimas de femicidio en Entre Ríos. Sus causas no son idénticas y sus recorridos judiciales tampoco.

En el caso de Julieta, un jurado popular declaró culpable a Christe y el proceso quedó atravesado por la anulación del juicio y la espera de una definición definitiva. En el de Micaela, la discusión pendiente sobre la posible coautoría de Pavón derivó en un nuevo debate oral, más de nueve años después del crimen.

En ambos casos, las familias debieron afrontar una espera prolongada. En ambos, las decisiones judiciales tuvieron consecuencias concretas sobre la posibilidad de alcanzar una respuesta definitiva. Y en ambos, la pregunta por la igualdad ante la ley permanece en el centro de la discusión pública.

La Justicia tiene que garantizar los derechos de las personas imputadas. Esa obligación no está en contradicción con el derecho de las víctimas y sus familias a una investigación eficaz y a una resolución en un plazo razonable. Son obligaciones que deben cumplirse de manera simultánea.

La demora judicial tiene efectos que no aparecen en las estadísticas de expedientes. Obliga a las familias a revivir el crimen, reconstruir una y otra vez los hechos, seguir las novedades procesales y sostener una expectativa que se renueva con cada resolución. Mientras tanto, las personas asesinadas quedan asociadas a una causa que parece no terminar.

Medir el funcionamiento de la Justicia requiere observar cuánto tarda en dar una respuesta, qué fundamentos sostienen sus decisiones y qué mecanismos activa cuando una investigación o un proceso presentan deficiencias.

No alcanza con que haya una sentencia si después queda pendiente de una definición durante años. Tampoco alcanza con condenar a una persona si existen indicios relevantes sobre la participación de otra que no fueron adecuadamente examinados y deben volver a discutirse mucho tiempo después.

Una Justicia democrática necesita independencia, rigor, perspectiva de género y capacidad para revisar sus errores. Necesita también asumir que cada demora injustificada erosiona la confianza pública y profundiza el daño que las familias ya padecen.

El tiempo también es una responsabilidad del Estado

En los casos de femicidio, el tiempo no es una variable neutra. Las demoras tienen consecuencias sobre las víctimas indirectas, sobre la posibilidad de esclarecer los hechos y sobre la confianza social en las instituciones que deben garantizar derechos.

La memoria de Julieta y Micaela exige algo más que recordar sus nombres en cada aniversario. Exige que el Estado pueda explicar por qué una condena todavía espera una definición definitiva y por qué una hipótesis de participación criminal necesita más de nueve años para llegar a un nuevo juicio.

El 29 de octubre comenzará el debate contra Néstor Pavón. La familia de Micaela volverá a los tribunales para escuchar testimonios, revisar pruebas y esperar una resolución. En la causa de Julieta, la espera continúa pendiente de una definición.

No hay reparación capaz de devolverles la vida. Pero sí existe una obligación pública de impedir que las fallas institucionales prolonguen indefinidamente la incertidumbre.

Analizar estos casos implica sostener una discusión que sigue abierta: cómo garantizar que las instituciones respondan con independencia, responsabilidad y perspectiva de género cuando están en juego derechos fundamentales.

La Justicia no puede medirse solamente por las condenas que dicta. También debe medirse por la igualdad con la que trata a las personas, por la calidad de sus investigaciones, por la responsabilidad con la que revisa sus decisiones y por el tiempo que necesita para responder.

Julieta y Micaela merecen que sus historias no queden atrapadas en expedientes interminables. Sus familias merecen respuestas fundadas. Y la sociedad tiene derecho a saber si las instituciones están a la altura de las obligaciones que asumieron.

Porque cuando el tiempo pasa y la Justicia sigue debiendo respuestas, la pregunta ya no es solamente cuánto falta para que termine una causa. También es cuánto más puede exigírseles a quienes llevan años reclamando que el Estado cumpla con su deber.

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